Implantación de la Directiva Marco del Agua (MDA)

Actualización de una antigua entrada de blog,
reflejando el estado en que se encuentra en esta fecha (05.07.2016) la implantación
de la Directiva Marco del Agua en cada una de las Comunidades Autónomas.


La Directiva Marco del Agua (2000/60/CE) establece (art. 13) el 22.12.1015 como fecha límite para la segunda revisión de los Planes Hidrológicos de las cuencas europeas. La Directiva 2007/60/CE relativa a la evaluación y gestión de riesgos de inundación establecía (art. 7) esa misma fecha para la publicación de los primeros Planes de Gestión de Riesgo de Inundación.

Inundación

La mayor parte de las Demarcaciones Hidrográficas españolas cuentan ya con esos planes. En este artículo se presenta un primer análisis de esta amplia documentación centrándose en las afecciones que sus normativas y las medidas previstas suponen para la planificación urbana y territorial. Mediante los enlaces que se facilitan en la tabla que se incluye al final se puede acceder (columna izquierda) a la distribución del ámbito de cada una de las Comunidades Autónomas entre las distintas demarcaciones hidrográficas que concurren en esos suelos; o bien directamente (columna de la derecha) a la presentación y análisis del Plan Hidrológico y del Plan de Gestión de Riesgo de cada una de las demarcaciones hidrográficas.

Afecciones al planeamiento

Como se puede comprobar examinando las previsiones de los documentos correspondientes a cada demarcaciones las afecciones al planeamiento son muy variadas: en la mayor parte de los casos los planes se limitan a recordar las previsiones legales relacionadas con las zonas inundables, en algunos pocos casos se concretan o desarrollan esas previsiones, o se introducen condiciones de uso para la protección de las márgenes de los cauces fluviales.

Todos los planes hidrológicos fijan las dotaciones máximas para el abastecimiento de los núcleos urbanos; una circunstancia que puede tener su incidencia en el planeamiento urbano. Entre las medias de los planes de gestión de riesgo de inundación se incluye la mejora en la eficiencia de los informes que han de emitir los organismos de cuenca sobre el planeamiento; y la elaboración de instrucciones técnicas para las construcciones en zonas inundables de modo que reduzcan el riesgo. En algún caso esas instrucciones aparecen ya esbozadas en las medidas propuestas.

El Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, incluía en el apartado 5 de su anexo, entre las materias que debían contemplar los planes de gestión de riesgo de inundación (PGRI):

Medidas de ordenación territorial y urbanismo, que incluirán al menos:
—Las limitaciones a los usos del suelo planteadas para la zona inundable en sus diferentes escenarios de peligrosidad, los criterios empleados para considerar el territorio como no urbanizable, y los criterios constructivos exigidos a las edificaciones situadas en zona inundable.
—Las medidas previstas para adaptar el planeamiento urbanístico vigente a los criterios planteados en el plan de gestión del riesgo de inundación, incluida la posibilidad de retirar construcciones o instalaciones existentes que supongan un grave riesgo, para lo cual su expropiación tendrá la consideración de utilidad pública

Salvo alguna excepción que da una respuesta creativa, al menos parcial, a este requerimiento, los PGRI se limitan a reproducir los términos utilizados en el anexo del Real Decreto; enuncian la legislación vigente y, cuando es el caso, se refieren a los instrumentos de ordenación territorial con incidencia en la materia.

Comunidades Autónomas
con la distribución entre las distintas demarcaciones y distritos hidrográficos

Demarcaciones y Distritos Hidrográficos
Planes Hidrológicos y Planes de Gestión de Riesgo de Inundación


Créditos, información y enlaces de interés

About greapweb

GREAP es un grupo de profesores del área de urbanismo de las ETS de arquitectura de la UN y de la EHU/UPV que trabaja con el objetivo de proporcionar una información sistemática sobre las afecciones al planeamiento y facilitar el trabajo de redacción de los instrumentos de Planeamiento del Territorio y Urbano.

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