La legislación estatal relativa a las servidumbres aeronáuticas es aplicable a todos los aeropuertos, también a los que sean de titularidad de la Comunidad Autónoma.
Estas servidumbres se establecen para cada aeropuerto, pero no piense que sólo para sus alrededores, la superficie afectada es muy amplia. Quizá le compense comprobar si alcanza al municipio que le interesa: pinche aquí
Servidumbres aeronáuticas
de aeródromos, de instalaciones radioeléctricas y de operaciones
Afecciones derivadas de los Planes Directores de los Aeropuertos
(aplicable sólo a los aeropuertos de titularidad estatal)
establece el área que debe ser calificada como sistema general aeroportuario
y su huella de ruido
Créditos, información y enlaces de interés
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