AERONÁUTICAS

La legislación estatal relativa a las servidumbres aeronáuticas es aplicable a todos los aeropuertos, también a los que sean de titularidad de la Comunidad Autónoma.
Estas servidumbres se establecen para cada aeropuerto, pero no piense que sólo para sus alrededores, la superficie afectada es muy amplia. Quizá le compense comprobar si alcanza al municipio que le interesa: pinche aquí

CC BY SA Oyoyoy

Introducción a las servidumbres aeronáuticas
legislación y consecuencias de estas afecciones
Servidumbres aeronáuticas
de aeródromos, de instalaciones radioeléctricas y de operaciones
Información sobre estas servidumbres disponible en la Red
Afecciones derivadas de los Planes Directores de los Aeropuertos
(aplicable sólo a los aeropuertos de titularidad estatal)
establece el área que debe ser calificada como sistema general aeroportuario
y su huella de ruido
Servidumbre acústica (Huella de Ruido) de los Aeropuertos
consecuencias para las determinaciones del planeamiento
Informe vinculante de la Dirección General de Aviación Civil
para aprobación del planeamiento, también acuerdo previo a actuaciones en la zona de servidumbre

Créditos, información y enlaces de interés