PLANES DE GESTIÓN DE RIESGO INUNDACIÓN (cnt)


Reales Decretos de aprobación de los Planes de Gestión de Riesgo de Inundación (PRGI)

  • Real Decreto 18/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión de riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas del Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla Intercomunitarios
  • Real Decreto 20/2016 de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión de riesgo de inundación de la Demarcación hidrográfica del Cantábrico Occidental, y de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.

Contenido de los Planes de Gestión de Riesgo de Inundación (PGRI)

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 903/2010, en aplicación de la Directiva 2007/60/CE), los primeros Planes de Gestión de Riesgo de Inundación (PGRI) deberían estar aprobados y publicados antes del 22 de diciembre de 2015, y -según el art. 21.3- deben ser revisados y actualizados antes del 22 de diciembre de 2021, y después cada 6 años.

El contenido de los primeros PRGI (los del año 2015) viene fijado en la parte A del Anexo del citado Real Decreto (la parte A se refiere al contenido de las revisiones y actualizaciones cada seis años). Los planes de gestión preparados por las Confederaciones Hidrográficas, presentan la presente estructura:

  1. Introducción y objetivos
  2. Proceso de coordinación y participación pública en la elaboración y aprobación del Plan
  3. Conclusiones de la Evaluación Preliminar del Riesgo
  4. Mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación
  5. Objetivos de la gestión del riesgo de inundación
  6. Criterios sobre el estado de las masas de agua y objetivos ambientales especificados en el Plan hidrológico
  7. Planes de Protección Civil existentes
  8. Sistemas de predicción, información y alerta hidrológica
  9. Resumen del programa de medidas, con prioridades, distribución entre las distintas administraciones y presupuesto
  10. Descripción de la ejecución del Plan: Programa de seguimiento

ANEJOS

  • Anejo 1: Caracterización de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs)
  • Anejo 2: Descripción del programa de medidas
  • Anejo  3:  Resumen  de  los  procesos  de  información  pública  y  consulta  y  sus resultados
  • Anejo 4: Listado de autoridades competentes

Afecciones de los PRGI en el planeamiento urbanístico y territorial

En el Anexo 2, donde se contiene una descripción del programa de medidas, se incluye un apartado con el título: «Ordenación territorial y urbanismo. Limitaciones a los usos del suelo en la zona inundable. Criterios para considerar el territorio no urbanizable. Criterios constructivos para edificaciones en zona inundable. Medidas para adaptar el planeamiento urbanístico».
En ese apartado se recoge, cuando es el caso, las determinaciones de los planes de ordenación territorial vigente aplicables en la correspondiente demarcación hidrográfica; y las medidas concretas que ha de reflejar el planeamiento. Por tanto, este es el apartado que hay que consultar para conocer las afecciones que producen los PGRI.

Planes de Gestión de Riesgo de Inundación (Periodo 2016-2021)

Los siguientes enlaces dan entrada a una página dedicada a cada una de las demarcaciones hidrográficas que incluyen suelo de Asturias; en ellas se pueden consultar los Planes de Gestión de Riesgo en Inundación:

Cantábrico Occidental
Duero
Ebro


Créditos, información y enlaces de interés