PLANEAMIENTO HIDROLÓGICO (lar)


Legislación
Referente a los Planes hidrológicos
Referente a la evaluación de riesgo de inundación
Planes hidrológicos de las cuencas
Aprobación de los planes hidrológicos
Contenido de los planes hidrológicos
Planes Hidrológicos (periodo 2016-2021)
Planes de Gestión de Riesgo de Inundación
Aprobación de los PGRI
Contenido de los PGRI
Afecciones de los PRGI en el Planeamiento urbanístico y territorial
PGRI (periodo 2016-2021)


Legislación

  • Directiva 2000/60/CE,  por el que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas  (DMA)
  • Ley 10/2001, del Plan Hidrológico Nacional  (texto consolidado hasta modificaciones introducidas por la Ley 21/2015, de 20 de julio)
  • Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo (modificado por el RD 775/2015), por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de Cuenca y de los planes hidrológicos
  • Real Decreto 125/2007, de  2 de febrero (modificado por el RD 775/2015), por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.

Referente al Planeamiento hidrológico

  • Real Decreto 907/2007, de 6 de julio (modificado por los reales decretos 1161/2010, 60/2011, 773/2014, 817 y 1075/2015), por el que se aprueba el Reglamento de Planificación Hidrológica.
  • Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por el que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica

Planes hidrológicos de las cuencas

Aprobación de planes hidrológicos de las cuencas

  • Real Decreto 701/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears
  • Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro [todas las demarcaciones intercomunitarias].
  • Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras [algunas de las demarcaciones itracomunitarias].
  • Real Decreto 450/2017, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, título con el que el Gobierno de la Generalitat de Cataluña denomina al Plan Hidrológico de esa cuenca.

Contenido de los planes hidrológicos

Para facilitar la consulta de los distintos Planes Hidrológicos, en los enlaces de los reales decretos que se incluyen arriba se accede sólo al preámbulo y la parte dispositiva, sin los anexos que recogen cada uno de los Planes Hidrológicos; estos se pueden descargar con
Por su posible afección al planeamiento urbanístico y territorial interesa comprobar si el Plan Hidrológico correspondiente establece:

  • Especiales condiciones de uso para las zonas inundables
  • Indicaciones sobre algunas determinaciones que deben contener los planes que, de acuerdo con lo establecido en el art. 25.4 del TRLA, deben someterse a la información del Organismo de Cuenca.
  • Zonas de protección de captación de aguas para abastecimiento
  • Drenaje de nuevos desarrollos urbanos

Planes Hidrológicos (periodo 2016-2021)

Los siguientes enlaces dan entrada a una página dedicada a cada una de las demarcaciones hidrográficas que incluyen suelo de Extremadura; en ellas se pueden consultar los Planes Hidrológicos correspondientes:

Duero
Guadalquivir
Guadiana
Tajo

La distribución del territorio de Extremadura entre las distintas demarcaciones hidrográficas se pueden consultar en la página de Administración hidráulica


Créditos, información y enlaces de interés