Legislación
—Referente a los Planes hidrológicos
—Referente a la evaluación de riesgo de inundación
Planes hidrológicos de las cuencas
—Aprobación de los planes hidrológicos
—Contenido de los planes hidrológicos
—Planes Hidrológicos (periodo 2016-2021)
Planes de Gestión de Riesgo de Inundación
—Aprobación de los PGRI
—Contenido de los PGRI
—Afecciones de los PRGI en el Planeamiento urbanístico y territorial
—PGRI (periodo 2016-2021)
Legislación
- Directiva 2000/60/CE, por el que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DMA)
- Ley 10/2001, del Plan Hidrológico Nacional (texto consolidado hasta modificaciones introducidas por la Ley 21/2015, de 20 de julio)
- Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo (modificado por el RD 775/2015), por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de Cuenca y de los planes hidrológicos
- Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero (modificado por el RD 775/2015), por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
Referente al Planeamiento hidrológico
- Real Decreto 907/2007, de 6 de julio (modificado por los reales decretos 1161/2010, 60/2011, 773/2014, 817 y 1075/2015), por el que se aprueba el Reglamento de Planificación Hidrológica.
- Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por el que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica
Planes hidrológicos de las cuencas
Aprobación de planes hidrológicos de las cuencas
- Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro [todas las demarcaciones intercomunitarias].
Contenido de los planes hidrológicos
Para facilitar la consulta de los distintos Planes Hidrológicos, en los enlaces de los reales decretos que se incluyen arriba se accede sólo al preámbulo y la parte dispositiva, sin los anexos que recogen cada uno de los Planes Hidrológicos; estos se pueden descargar con
Por su posible afección al planeamiento urbanístico y territorial interesa comprobar si el Plan Hidrológico correspondiente establece:
- Especiales condiciones de uso para las zonas inundables
- Indicaciones sobre algunas determinaciones que deben contener los planes que, de acuerdo con lo establecido en el art. 25.4 del TRLA, deben someterse a la información del Organismo de Cuenca.
- Zonas de protección de captación de aguas para abastecimiento
- Drenaje de nuevos desarrollos urbanos
Planes Hidrológicos (periodo 2016-2021)
Los siguientes enlaces dan entrada a una página dedicada a cada una de las demarcaciones hidrográficas que incluyen suelo de Navarra; en ellas se pueden consultar los Planes Hidrológicos correspondientes:
La distribución del territorio de Navarra entre las distintas demarcaciones hidrográficas se pueden consultar en la página de Administración Hidrológica
ACTUALIZADO: 16/06/2020