Forman parte, del dominio público viario (Artº 8 del Texto Refundido de la Norma Foral de Carreteras)
Dominio público viario en la carreteras
—Además de la calzada o superficie destinada al tráfico rodado, todos los elementos de su explanación tales como arcenes, bermas, cunetas, paseos, taludes y terraplenes, los muros de sostenimiento y contención, puentes, viaductos, túneles, estructuras y demás obras de fábrica y, en general, todos los elementos construidos en función de la carretera.
—Los terrenos de titularidad pública situados por encima y por debajo de la carretera y a ambos lados de la misma en una anchura de
- ocho metros en las Autopistas, Autovías y, en general, en todas las carreteras de la Red de Interés Preferente (Red Roja)
- y de tres metros en las restantes carreteras,
medidos a partir de la línea exterior de la explanación.
—Y también los elementos funcionales de las carreteras: los elementos de señalización, balizamiento e iluminación de las mismas; las instalaciones destinadas al control de aforos; las instalaciones destinadas al pesaje y control de cargas; las zonas de aparcamiento o descanso de titularidad pública al servicio de la carretera; las áreas de servicio de titularidad pública; los edificios y construcciones destinados al servicio de las carreteras, tales como centros de control, almacenes y parques de maquinaria; y los demás terrenos, construcciones e instalaciones destinados a la correcta conservación y explotación de las carreteras.
Dominio público viario en los caminos
Se extiende a toda su explanación, incluidas sus estructuras, muros, obras de fábrica y demás elementos funcionales.
Régimen de uso y aprovechamiento (art. 41)
En los bienes de dominio público viario sólo será posible la realización de usos o aprovechamientos distintos de la circulación sólo será posible cuando dichos usos y aprovechamientos resulten por su naturaleza de necesaria ubicación en el mismo, sean compatibles con la circulación o tránsito y no limiten su seguridad y comodidad. Exigirán, además la autorización de la administración titular del vial.