CONTENIDO POT

Contenido en materia de paisaje de los Planes de Ordenación del Territorio de Navarra

La ordenación territorial de Navarra queda establecida mediante 5 POT, con los siguientes ámbitos: POT 1 Pirineo /  POT 2 Navarra Atlántica / POT 3 Área Central / POT 4 Zona Media POT 5 Eje del Ebro

En el suelo no urbanizable

En el suelo no urbanizable los POT identifican los paisajes cuyo ámbito debe clasificarse como suelo no urbanizable de protección; distingue dos tipos de paisajes

  • Paisajes singulares (SNUPrtP: PS): incluyen parajes de excepcional valor identitario por sus méritos patrimoniales, escénicos, histórico-culturales y simbólicos
  • Paisajes naturales (SNUPrtP: PN) aquellos que constituyen ámbitos de elevada naturalidad en los que la influencia antrópica pasa desapercibida y se asocian a estructuras topográficas abruptas, de amplia panorámica y fragilidad visual elevada.

Cada uno de los 5 POT recoge en su Normativa la relación de estos paisajes y los reflejan en el correspondiente mapa 3.1. Como esos mapas están elaborados a escala 1:50.000, mientras no se proceda a su delimitación a una escala operativa, los planes de ordenación municipal deben delimitar el ámbito de estos paisajes a una escala adecuada, siguiendo los criterios incluidos en la ficha de cada paisaje incluida en el Anexo PN3 del correspondiente POT: donde también se fija el régimen de uso.
Además en el Anexo PN9, común a los 5 POT, incluye una relación de estos paisajes protegidos.

Determinaciones vinculantes para el territorio

Estas determinaciones, de acuerdo con la Normativa de los POT (Artº 5.a) son directa e inmediatamente aplicables y prevalecen sobre la previsiones contraria del planeamiento local

Determinaciones vinculantes para el planeamiento

Estas determinaciones no tendrán aplicación directa e inmediata, pero obligan a atenerse a su contenido al elaborar, aprobar y modificar la planificación urbanística local (Artº 5.b) de la Normativa de los POT)

Determinaciones orientativas

Estas determinaciones relativas al paisaje no tienen carácter vinculante, pero contiene criterios y directrices para su consideración por el planeamiento municipal.


Créditos, información y enlaces de interés