Contenido en materia de paisaje de los Planes de Ordenación del Territorio de Navarra
La ordenación territorial de Navarra queda establecida mediante 5 POT, con los siguientes ámbitos: POT 1 Pirineo / POT 2 Navarra Atlántica / POT 3 Área Central / POT 4 Zona Media POT 5 Eje del Ebro
En el suelo no urbanizable
En el suelo no urbanizable los POT identifican los paisajes cuyo ámbito debe clasificarse como suelo no urbanizable de protección; distingue dos tipos de paisajes
- Paisajes singulares (SNUPrtP: PS): incluyen parajes de excepcional valor identitario por sus méritos patrimoniales, escénicos, histórico-culturales y simbólicos
- Paisajes naturales (SNUPrtP: PN) aquellos que constituyen ámbitos de elevada naturalidad en los que la influencia antrópica pasa desapercibida y se asocian a estructuras topográficas abruptas, de amplia panorámica y fragilidad visual elevada.
Cada uno de los 5 POT recoge en su Normativa la relación de estos paisajes y los reflejan en el correspondiente mapa 3.1. Como esos mapas están elaborados a escala 1:50.000, mientras no se proceda a su delimitación a una escala operativa, los planes de ordenación municipal deben delimitar el ámbito de estos paisajes a una escala adecuada, siguiendo los criterios incluidos en la ficha de cada paisaje incluida en el Anexo PN3 del correspondiente POT: donde también se fija el régimen de uso.
Además en el Anexo PN9, común a los 5 POT, incluye una relación de estos paisajes protegidos.
Determinaciones vinculantes para el territorio
Estas determinaciones, de acuerdo con la Normativa de los POT (Artº 5.a) son directa e inmediatamente aplicables y prevalecen sobre la previsiones contraria del planeamiento local
Determinaciones vinculantes para el planeamiento
Estas determinaciones no tendrán aplicación directa e inmediata, pero obligan a atenerse a su contenido al elaborar, aprobar y modificar la planificación urbanística local (Artº 5.b) de la Normativa de los POT)
Determinaciones orientativas
Estas determinaciones relativas al paisaje no tienen carácter vinculante, pero contiene criterios y directrices para su consideración por el planeamiento municipal.