El Plan Territorial Sectorial de Ríos y Arroyos del País Vasco fue aprobado por el Decreto 449/2013, de 19 de noviembre, por el que se modifican, actualizan y reúnen en un solo PTS los PTS de las Márgenes de los Ríos y Arroyos de la Cuenca Cantábrica y el de la Cuenca Mediterránea, aprobados en 1998 y 1999 respectivamente.
La documentación completa y el acceso de los visores de los mapas del PTS puede consultarse en la página web del Gobierno Vasco
El PTS establece determinaciones vinculantes para el planeamiento y las actuaciones en los márgenes de los ríos, atendiendo a tres componentes:
- La componente medioambiental, considera los valores ambientales que deben preservarse o recuperarse. Para ello delimita distintas tipo de zonas y establece una normativa específica para cada una de ellas.
- La componente urbanística establece distintos tramos en los ríos, teniendo en cuenta la superficie de la cuenca receptora, y establece una distancia mínima de al cauce de la urbanización y de la edificación según 1) el tramo del río, 2) si el río está o no encauzado y 3) la situación urbanística del suelo.
- La componente hidráulica, tiene en cuenta el riesgo de inundabilidad, desarrollando las previsiones de la legislación básica estatal.
Mediante el siguiente enlace puede consultarse el régimen del suelo en las áreas inundables; es decir las determinaciones del PTS que tienen en cuenta la componente hidráulica y que, por tanto, fija para el País Vasco la afección de los cursos fluviales. Las determinaciones referentes a las componente medioambiental y urbanística corresponden al ámbito de la ordenación territorial; por tanto quedan fuera del tema que se desarrolla en esta web.
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