Carta del Paisaje Mediterráneo


Firmada, bajo los auspicios del Consejo de Europa, por las regiones de Andalucía, Languedoc-Roussillon y Toscana, el 2 de julio de 1993 en Siena. Refrendada por la XXI Asamblea General de la Conferencia de las Regiones Periféricas y Marítimas (14 y 15 de octubre de 1993 en Saint-Malo).

Preámbulo

  • Las regiones de Andalucía, Languedoc-Rosellón y Véneto, actuando en el marco de objetivos del Consejo de Europa y compartiendo su finalidad de realizar una más estrecha unión entre los países europeos.
  • Deseosas de ofrecer a sus poblaciones una calidad de vida que responda a sus aspiraciones, mejorando para ello la ordenación del territorio y favoreciendo su gestión, en particular para las generaciones futuras.
  • Consideran que el paisaje representa precisamente uno de los aspectos esenciales de dicha calidad de vida y que, por esa razón, constituye un valor social para todos.
  • Reconociendo que el paisaje ha llegado a ser, a lo largo de la historia, uno de los valores fundamentales de la cultura de los pueblos de Europa y es uno de los elementos de la identidad cultural europea.
  • Consideran que el paisaje constituye, por tanto, un recurso y un patrimonio común a todos los individuos y a todas las sociedades.
  • Valorados los diferentes instrumentos internacionales de conservación de la naturaleza, de protección del patrimonio histórico y de ordenación del territorio.
  • Preocupadas por los perjuicios que la sociedad moderna conlleva en relación a los paisajes particularmente en la región mediterránea.

A. Han adoptado la presente carta que representa la política que pretenden seguir en materia de protección del paisaje y que proponen a otras regiones mediterráneas.

I. Definiciones y campos de aplicación

  • Definiciones: el paisaje puede ser considerado como la manifestación formal de la relación sensible de los individuos y de las sociedades en el espacio y el tiempo con un territorio más o menos intensamente modelado por los factores sociales, económicos y culturales. El paisaje es así el resultado de la combinación de los aspectos naturales, históricos, funcionales y visuales.Esta relación puede ser de orden afectivo, identitario, estético, simbólico, espiritual o económico e implica la atribución a los paisajes por los individuos o las sociedades de los valores de reconocimiento social a diferentes escalas local, regional, nacional o internacional. En mayor medida que cualquier otro el paisaje mediterráneo está profundamente marcado por la huella del ser humano. Es producto de una vida urbana y rural refinadas.
  • Las definiciones precedentes hacen del paisaje un concepto esencial en lo que se refiere al medio ambiente, a la ordenación del territorio y la protección y la gestión del patrimonio cultural o natural.

II. Situación actual del paisaje mediterráneo

Los paisajes mediterráneos están sometidos actualmente a transformaciones considerables como consecuencia de:

  1. Procesos económicos, demográficos o ecológicos tales como:
    • la extensión de la urbanización, frecuentemente mal controlada y difusa, tanto en zonas de fuerte presión demográfica como en el litoral y los valles aluviales;
    • el desarrollo industrial, la realización de infraestructuras y de grandes equipamientos productores de energía en particular en las zonas ecológicamente sensibles;
    • el desarrollo masivo de turismo y de las actividades de ocio que afectan precisamente a los paisajes de mayor valor social;
    • la banalización de los paisajes agrarios en las zonas más fáciles de cultivar y, por tanto, de agricultura intensiva y especializada, mientras que las áreas rurales que presentan grandes dificultades naturales son abandonadas;
    • la extensión de bosques y eriales mal gestionados en las zonas abandonadas por la agricultura y la destrucción de los bosques por los incendios;
    • el desarrollo de fenómenos que hacen peligrar los paisajes tales como la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, así como del aire, la acumulación de residuos, la erosión de los suelos, etc.
  2. La insuficiencia de los medios consagrados a la consideración del paisaje en las políticas de ordenación del territorio y de gestión del medio ambiente y de protección del patrimonio:
    • medios intelectuales, en particular de los consagrados a la investigación y a la formación de especialistas;
    • medios financieros destinados a la consideración del paisaje en los procedimientos y los programas de ordenación del territorio, de gestión del medio ambiente y de protección del patrimonio;
    • medios para la formación de responsables políticos y de personal técnico de administraciones en relación al paisaje.
  3. La actitud contradictoria de las poblaciones consistente, por una parte, en el incremento de la demanda del paisaje y, por otra, en comportamientos perjudiciales al mismo.

III. Objetivos para una política de conservación y gestión del paisaje en la zona mediterránea

Una política de conservación y de gestión del paisaje en la zona mediterránea debería hacer frente a los objetivos siguientes:

  1. conservar los paisajes que tengan un valor histórico o natural representativo de las civilizaciones mediterráneas;
  2. velar para que todas las acciones humanas conduzcan a la creación de un paisaje de la mayor calidad posible;
  3. velar para que todos los proyectos de ordenación del territorio tengan en cuenta los elementos que contengan una valor natural, cultural o histórico existentes in situ;
  4. velar para que la realización de las grandes infraestructuras del transporte o del desarrollo urbano, turísticas o industriales integre la reposición al estado previo a la ejecución de las obras;
  5. asegurarse de que todas las medidas de utilización o de enajenación de bienes pertenecientes al dominio público preserven los paisajes más importantes por su valor histórico, cultural, natural;
  6. mantener, como medio de acceso a los paisajes, los senderos y otro caminos rurales y con el fin de evitar la proliferación del viario;
  7. actuar de manera que se produzca una justa perecuación entre las zonas sometidas a las limitaciones por causas paisajísticas y a los espacios adyacentes que se benefician de la proximidad de aquellas para su desarrollo.

IV Actuaciones a favor del paisaje

La consecución de los objetivos enunciados anteriormente implica la realización de las actuaciones siguientes:

  1. Aproximar los diferentes sectores concernidos: ordenación del territorio, gestión del medio ambiente y protección del patrimonio con el fin de dar lugar a programas concebidos con una visión global y concertada, en las diferentes escalas territoriales y principalmente en las del desarrollo local y regional.
  2. Fomentar la inserción de la dimensión paisajista en los estudios de impacto, los programas de actuación y los procedimientos de ordenación, de gestión del medio ambiente y del patrimonio. Estos diferentes medios de acción deberán conllevar el análisis de las consecuencias sobre el paisaje de las actuaciones ordenadoras, de los equipamientos y de las protecciones proyectadas, y dar lugar a medidas específicas tales como planes paisajísticos, proyectos de ordenación del paisaje, etc.
  3. Para los proyectos no sometidos a estudios de impacto exigir que sea tenido en cuenta el aspecto paisajístico.
  4. Promover los trabajos de identificación de los paisajes y de análisis de sus valores de reconocimiento social, elaborando inventarios cartográficos, delimitando unidades de paisaje y localizando los paisajes y los lugares de interés que posean un fuerte valor social a las diversas escalas espaciales: internacional, nacional, regional y local. Esta última será objeto de estudios particularmente detallados, en la medida en que a ella concierne el aspecto de calidad de vida directamente ordenado y apreciado por sus habitantes.
  5. Desarrollar el conocimiento científico del paisaje en las diversas disciplinas, contribuyendo a su aproximación mediante el favorecimiento de investigaciones pluridisciplinares, en particular en los dominios siguientes: fundamentos ecológicos de los paisajes, metodologías para el inventario y ordenación de los paisajes, proyectos de paisaje.
  6. Favorecer la formación de especialistas. La nueva enseñanza deberá comprender una parte de formación en los países diferentes donde se conciba como un proceso de formación internacional. Los establecimientos de enseñanza deberán desarrollar los intercambios con establecimientos extranjeros y colaborar con los organismos de investigación o con las instituciones concernidas en la ordenación del territorio, la gestión del medio ambiente y la protección del patrimonio.
  7. Fomentar la sensibilización de las poblaciones europeas en la protección de los paisajes y en los problemas que resultan de sus transformaciones y de su ordenación, de forma que se desarrolle una conciencia colectiva de responsabilidad social de esta evolución. Los responsables públicos locales y regionales así como los medios especializados serán privilegiados en cuanto se refiere a las acciones de sensibilización, en la medida en que sus decisiones recaen directamente sobre el porvenir de los paisajes.

B. Se comprometen a emprender conjuntamente proyectos piloto para la consecución de los objetivos y actuaciones previstos en la presente carta y considerar la creación de un Instituto del Paisaje Mediterráneo.


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